Publicado en 16.06.25
Si no eres ciudadano de la UE y planeas estudiar en España durante un año o más, las leyes de inmigración actualizadas (Real Decreto 1155/2024, de noviembre de 2024) establecen un procedimiento claro para obtener un visado de estudios de larga duración y una autorización de estancia. A partir del 20 de mayo de 2025, todas las solicitudes de visado de estudios deben hacerse desde el consulado español en tu país de origen, y no desde dentro de España. Esta guía explica los pasos, requisitos y consejos prácticos para ayudarte a completar el proceso con éxito, junto con recursos oficiales de referencia.
IMPORTANTE: Todos los documentos deben estar en español o no serán aceptados.
Debes ser aceptado en un programa de una institución educativa española reconocida por una administración pública (por ejemplo, universidades, escuelas de idiomas o centros de formación). Obtén una carta de admisión oficial, que necesitarás para tu solicitud de visa.
Prepara los siguientes documentos para tu solicitud de visado:
Nota: Algunos consulados pueden requerir documentos adicionales (como traducciones legalizadas o comprobantes de pago de matrícula). Consulta los requisitos específicos del consulado español correspondiente.
Presenta tu solicitud en el consulado o embajada de España en tu país de origen (busca el tuyo en el sitio de Servicios Consulares):
⚠️ Importante: A partir del 20 de mayo de 2025, ya no se podrá solicitar el visado desde España; deberás hacerlo desde tu país de origen.
Una vez aprobado tu visado:
Para conservar tu permiso de estudios:
Si todavía no has solicitado tu visado de estudiante, aún estás a tiempo, pero no te demores. El nuevo curso académico en España comienza pronto, y quedan pocas semanas para iniciar el proceso y asegurar que llegues a tiempo para tus estudios en 2025.
‹ Noticias previas Siguientes noticias ›